Debe la ciudadanía proteger al INAI
Adrián Alcalá Méndez
Mayo 2023
Andrés Castro Cid
El organismo constitucional autónomo que garantiza los derechos fundamentales de acceso a la información y transparencia en nuestro país, el INAI, está paralizado. El encargado de nombrar a los comisionados faltantes, la Cámara alta, no ha podido llegar a un acuerdo, por lo que garantizar el derecho a la protección de los datos personales y el derecho de acceso a la información está en pausa.
En este marco, Adrián Alcalá Méndez, licenciado en Derecho, Maestro en Amparo, doctorante en Derecho y comisionado del INAI, explicó a La Nación, en un primer momento, la labor de esta importante institución autónoma.
El INAI, expuso, es una institución del Estado mexicano que garantiza los derechos fundamentales, que es el de la protección de los datos personales y el derecho de acceso a la información a través de los ejercicios de los derechos de protección de datos personales, “cualquier persona que se sienta agraviada o vulnerada en su privacidad puede ejercer su derecho y pedir que cese ese tratamiento y también oponerse al tratamiento indebido de datos personales”.
También, añadió, como mexicana y mexicano, se tiene el derecho de conocer qué datos tienen de nosotros las instituciones públicas de cualquier orden, así como cualquier persona moral o física que trate o que recabe datos personales; por ejemplo, puede ser un médico que recaba nuestros datos personales, una compañía telefónica o una tienda departamental cuando hacemos algún trámite.
Además, precisó, en materia de acceso a la información, es un derecho establecido en la Constitución que se ejerza de una mejor manera a través de obtener información pública. Cuando, dijo, se ejerce el derecho de acceso a la información pública permite conocer el entorno en la vida pública, pero adicionalmente puede ejercer un derecho a la educación, a la salud, al trabajo, es decir, cualquiera de los derechos que están reconocidos en nuestra Constitución.
“En consecuencia, el INAI, junto con los gobiernos garantes que integran el Sistema Nacional de Transparencia, somos pilares de la democracia porque en las democracias se ejercen los derechos y se permite la libertad de los mismos”, precisó.
Alcalá Méndez resaltó que el INAI no detenta la información, ni la institución o las y los comisionados que conforman el pleno, únicamente se solicita la información a los sujetos obligados.
El comisionado detalló que son las personas las que ejercen sus derechos a través de la Plataforma Nacional de Transparencia o por medio del Centro de Atención a la Sociedad, ya sea por un correo electrónico o por los otros medios que están establecidos en la ley.
El INAI, dijo, lo que hace es que en caso de alguna respuesta no satisfactoria para las personas que piden información o que los datos personales no fueron cancelados, o no les dieron acceso a los datos personales, acuden ante el INAI para revisar la respuesta y se determine qué es lo que procede en materia de datos personales para, en su caso, se ordene la entrega de información a los sujetos obligados.
El INAI, insistió, no es quien pide o solicita la información, ni tampoco es una especie de bibliotecario que entrega la información, el INAI ordena, si la razón asiste, se ordena que se entregue la información.
El comisionado resaltó que el INAI también cuenta con facultades para capacitar a los servidores públicos del país. “Nos concentramos en el ámbito federal por ser nuestra competencia originaria, pero también colaboramos con los órganos garantes de las entidades federativas para capacitar a sus servidoras y servidores públicos”.
En cuanto a la conformación del INAI destacó que, en términos del artículo sexto de la Constitución, son siete comisionadas y comisionados con la equidad de género. Sin embargo, actualmente está conformado por cuatro comisionados y, por lo tanto, no se puede sesionar en el pleno porque el artículo 33 de la Ley Federal de Transparencia establece que de los siete comisionados de los que se conforma el INAI, se requiere por lo menos de cinco para que las sesiones sean válidas.
“El INAI, por disposición de ley, debe sesionar por lo menos una vez a la semana para resolver las quejas que presentan los particulares”.
Importancia de la autonomía del INAI
Adrián Alcalá destacó que esta institución no depende de ningún poder, ni está sujeto a intereses políticos, es un órgano autónomo que surge de un reclamo social, no es una concesión del poder público a la sociedad.
Señaló que este movimiento empieza cuando el 10 de diciembre del 77 se promulga y publica una reforma al artículo 6º constitucional que incorporó diez palabras: el derecho a la información será garantizado por el Estado.
Y de manera reciente, agregó, en el 2002, con la corriente democratizadora del país, surge el Grupo Oaxaca como impulsor de la transparencia y se logra convencer al presidente de la República y a las fuerzas políticas del Congreso de la Unión para promulgar la primera Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y con ella el surgimiento del IFAI como un organismo descentralizado, perteneciente a la gestión pública.
Entonces, resaltó, ahora la autonomía es importante para velar por la garantía efectiva y eficaz del derecho de acceso a la información y de la protección de datos personales.
Al opinar del por qué no se ha nombrado a los comisionados faltantes, Adrián Alcalá consideró que esto se debe a una falta de consensos en la Cámara de Senadores, pues ellos tienen en sus manos los currículums de mujeres y hombres con amplia trascendencia y trayectoria, gente con experiencia en cuerpos colegiados, expertos en protección de datos personales y acceso a la información.
De ahí que, indicó, se hace un llamado muy respetuoso a las y los senadores a cumplir con su función constitucional y designen a las y los comisionados que integren el pleno del instituto.
Cuestionado sobre su opinión expresada en Twitter: “Los derechos humanos que protege esta institución no deben de quedar cooptados por intereses políticos, ni partidistas”, sostuvo que sí están siendo cooptados por otro poder.
Las y los comisionados que integramos el pleno del INAI, reiteró, no estamos sujetos a ningún poder político, ahí está el diseño institucional, porque la garantía de las y los millones de mexicanos estaría supeditada al mandato de un poder, “si nosotros estuviéramos sujetos a un poder, las resoluciones que dictáramos no serían eficaces y, entonces, la garantía estaría mermada”.
Por esta falta de consenso en el Senado, el comisionado subrayó que al 8 de mayo están sin resolver poco más de mil 500 resoluciones que ya cuentan con proyecto de resolución por las ponencias, resoluciones que fueron estudiadas y debatidas, pero por la formalidad de requerir cinco comisionados impide que se pueda tomar esa decisión y las personas materialicen su derecho de acceso a la información o de protección de datos personales.
Con respecto al recurso que se presentará ante la SCJN, Adrián Alcalá explicó que el INAI plantea un recurso de reclamación, pues la ministra Loretta Ortiz, que es a quien le correspondió tramitar la controversia constitucional para que el pleno del INAI pueda sesionar con cuatro comisionados, determinó que no procedía la suspensión porque eso sería materia del fondo de la controversia.
Y, ahora, adelantó, como recurso legal que se prevé en la propia disposición se turnará a una o un ministro diferente, puede ser de la misma sala o puede turnarse a la otra sala, y la o el ministro escuchará los alegatos que el INAI hizo a la autoridad señalada como responsable, que es el Senado de la República, y presentar un proyecto de resolución; “confiamos en que este proyecto de resolución se apegue a la luz de lo que se establece”.
Para finalizar, Adrián Alcalá Méndez destacó que las instituciones en México no son de un tiempo, de un espacio, sino que son y permanecen, son transexenales y no tienen interés en lo particular, sino el interés de servir a las y los mexicanos.
“Las y los mexicanos debemos defender al INAI, no se trata de intereses personales de la comisionada presidenta Blanca Lilia Ibarra, de la comisionada Norma Julieta del Río, de la comisionada Josefina Román Vergara o de un servidor como comisionado, se trata de los intereses de personas que habitamos en este gran y bello país”.