Inicia proceso de renovación de la Dirigencia Nacional

Junio 2024

FRPH

La Nación

En las próximas semanas, el Partido Acción Nacional llevará a cabo la renovación de su dirigencia que consiste en la Presidencia Nacional, Secretaría General y de todos los integrantes del propio Comité Ejecutivo Nacional, así como de los Comités Directivos Estatales en el país.

De acuerdo con los estatutos y reglamentos de este instituto político, la renovación de las dirigencias debe realizarse en el segundo semestre del año en que se celebren elecciones ordinarias federales.

Los integrantes del Comité Ejecutivo Nacional y los Comités Directivos Estatales por elección serán: el presidente y el secretario general, que deberá ser de género distinto al de la presidencia, así como de siete militantes del Partido que no podrán ser más de cuatro de un mismo género, esto de acuerdo con el artículo 53° de los Estatutos Generales.

Para dar cumplimiento a lo anterior, es facultad del Consejo Nacional, a través de la designación de la Comisión Organizadora, llevar a cabo el proceso interno de elección del CEN y de los Comités Directivos Estatales, de acuerdo con el artículo 31° fracción m de los Estatutos Generales, y su nombramiento deberá hacerse en sesión convocada, para tal efecto, a más tardar en el mes de julio.

 

Proceso para la renovación de las dirigencias nacional y estatales

De acuerdo con el artículo 53° numeral 2 de los Estatutos Generales del PAN se podrá llevar a cabo mediante dos métodos posibles: ordinario o extraordinario.

Método Ordinario de la Elección para el CEN y los Comités Directivos Estatales

La Comisión Organizadora, designada por el Consejo Nacional, será responsable de la organización y supervisión de todo el proceso electoral del CEN y para el caso de los Comités Directivos Estatales, sus respectivos Consejos Estatales designarán una Comisión Organizadora.

La responsabilidad de dicha comisión incluye la emisión de una respectiva convocatoria detallada que especificará los plazos para el registro de candidaturas, la campaña electoral, debates, la ubicación de los centros de votación y la resolución de controversias.

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La votación se realizará en los centros designados donde sólo podrán votar los militantes activos inscritos en el listado nominal y, en todos los casos, se llevará a cabo bajo la supervisión del Consejo Nacional.

Para ser candidato a la presidencia correspondiente se requiere, entre otras cosas, ser militante con no menos cinco años de antigüedad, presentar una solicitud respaldada por el 10 por ciento de las firmas de la militancia activa o el 30 por ciento de los consejeros nacionales.

La elección se decidirá por mayoría absoluta de los votos válidos y si ninguna planilla obtiene esta mayoría se aplicarán criterios específicos para determinar la planilla ganadora o se llevará a cabo una segunda vuelta entre las dos planillas con más votos.

En casos de conflictos internos o si la elección no puede ser organizada, se puede solicitar al Instituto Nacional Electoral que intervenga para llevar a cabo el proceso electoral.

Método Extraordinario de Elección (sólo aplicable a la elección del CEN)

El método extraordinario se activa si al menos dos tercios de los consejos estatales, representando más de la mitad de la militancia nacional, solicitan dicho método.

La Comisión Organizadora debe recibir estas resoluciones en un plazo de treinta días naturales. Posteriormente, se emitirá una convocatoria donde se fijará la fecha de la sesión dentro de los siguientes cuarenta y cinco días, y especificará los requisitos para el registro de planillas, incluyendo la obtención del veinte por ciento de firmas de los consejeros nacionales y la lista de ocho militantes propuestos para la fórmula de integración.

La votación se realizará de manera secreta, mediante cédulas o medios electrónicos, asegurando la privacidad y participación individual.

Cabe señalar que las y los integrantes del Comité Ejecutivo Nacional y de los diferentes Comités Estatales durarán en su cargo tres años y permanecerán al frente del Partido hasta que el Consejo Nacional haga una nueva convocatoria y las y los designados tomen posesión de su puesto.

El Comité Ejecutivo Nacional y los comités estatales electos entrarán en funciones dentro de los cinco días hábiles después de la elección. Deberá constar acta de entrega recepción en cada uno de los casos.

*Fundación Rafael Preciado Hernández.

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